La sala penal de la Cámara de Apelaciones, integrada por los jueces Efrén Giménez, Lilian Lorena Benítez y Myriam Meza de López, se declaró competente, admitió el recurso y revocó el auto interlocutorio nº 29, dictado el 12 de enero último por la jueza penal de garantías, Cinthia Garcete, en el marco de una causa por homicidio doloso, por el que beneficiaba con arresto domiciliario a dos hermanos procesados.
El auto interlocutorio lleva el nº 01/2022 y está fechado al 11 del corriente. Primero admite el recurso de apelación planteado por el fiscal Osvaldo Zaracho, en los autos caratulados, Ministerio Público contra Francisco Javier Caballero Báez y otros, sobre supuesto hecho de homicidio doloso. Los hermanos Francisco Javier y Claudio Diosnel Caballero Báez fueron beneficiados con el arresto domiciliario por la jueza Cinthia Garcete, sin un razonamiento lógico, según se expresa en los fundamentos de la resolución de segunda instancia.
Los camaristas concuerdan con el planteamiento fiscal en el sentido que, en la etapa procesal, la magistrada no puede otorgar un arresto domiciliario a los supuestos autores de un hecho de homicidio doloso, atendiendo a que compromete de manera grave el trabajo del Ministerio Público. Califica la resolución apelada como viciada en varios puntos especificados por el recurrente y sostiene que es necesaria la presencia física de los encausados, ya que existen hechos suficientes para sostener razonablemente que los hermanos beneficiados serían autores del asesinato del pasero Julio Brítez Espínola.
Los procesados se mantuvieron ocultos por un tiempo considerable, luego de dictarse la orden de detención preventiva en su contra, agravando su situación procesal, demostrado en su desinterés de someterse al proceso. Existe peligro de fuga y estando con los beneficios podrían influir o amedrentar a los familiares de la víctima fatal y a testigos presenciales del hecho, con lo que se obstruiría la investigación fiscal. Afirma que la jueza de primera instancia fundamentó su resolución de manera “defectuosa e incoherente”.
En el punto 3 del auto interlocutorio, la Cámara revoca el A.I. recurrido en su apartado nº 6 y, en consecuencia, ordena que la magistrada de primera instancia, disponga de nuevo la prisión preventiva de los hermanos Caballero Báez, para lo que remite los autos al juzgado de origen en la ciudad de Presidente Franco, donde interinó la jueza Garcete. Esta se encontraría insistiendo en esferas políticas los soportes para llegar al Tribunal de Alzada, instancia para la que fue ternada, pero sin mucha suerte. Habrían otras resoluciones apeladas en la feria, que la implicarían en sospechas manipulaciones de expedientes para favorecer a reos peligrosos, según se filtró en las últimas horas. El documento está refrendado por la actuaria Gricelda Cabral.
LA CLAVE